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Convocatoria de subvenciones para acción humanitaria 2026 de la AECID

La convocatoria de la AECID financiará intervenciones de prevención, preparación y respuesta ante crisis humanitarias en países especialmente vulnerables

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, publicó el 9 de junio de 2026 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones humanitarias correspondiente al año 2026, con una dotación total de 15.010.000 euros.

Entidades beneficiarias

Podrán optar a estas ayudas las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) calificadas por la AECID, las organizaciones acreditadas por la Dirección General de Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas (ECHO) de la Comisión Europea y las agrupaciones de entidades que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, incluidas organizaciones locales de los países donde se desarrollen las intervenciones.

Las propuestas seleccionadas podrán recibir subvenciones de entre 400.000 y 1.000.000 de euros.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comienza hoy 10 de junio de 2026. Permanecerá abierto durante 20 días hábiles, hasta el 7 de julio de 2026.

Cada entidad podrá presentar un máximo de dos propuestas, ampliables a tres cuando una de ellas se dirija específicamente a promover la igualdad de género en la acción humanitaria.

Bases reguladoras

Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional y, en todo aquello que no lo contradiga, la Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo, en desarrollo del Título II del Real Decreto 794/ 2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.

Prioridades

Prioridades sectoriales

.Serán financiables exclusivamente las intervenciones que desarrollen las líneas de acción del Plan Director de la Cooperación Española 2024-2027, aplicables en el ámbito de la acción humanitaria, prioritariamente, en los siguientes sectores:

  • Salud: las acciones en este sector estarán orientadas a mejorar la salud de la población a través de la provisión de servicios médicos, material y medicamentos, incluyendo campañas de prevención e información, formación al personal sanitario, distribución de suministros médicos, material de protección, así como acciones de salud sexual y reproductiva, acciones de gestión de higiene menstrual, salud mental y salud psicosocial. En todas las acciones deberán tenerse en cuenta las necesidades de salud específicas según sexo y edad y deberán estar orientadas a garantizar el acceso equitativo de mujeres, hombres, niñas y niños a los servicios de salud.
  • Agua, saneamiento e higiene: las acciones en este sector estarán orientadas a la promoción de la higiene, a través de la formación y de la distribución de kits de higiene, el establecimiento de puntos de higiene de manos, así como la rehabilitación de sistemas de potabilización y almacenaje seguro, la distribución de agua y de suministros y materiales para el tratamiento del agua, de forma que se garantice el acceso al agua potable. Se priorizará igualmente el acceso a un saneamiento digno con enfoque de género para mujeres y hombres, niños y niñas, con el objetivo de contribuir a la contención de enfermedades y brotes epidémicos.
  • Seguridad alimentaria y nutrición: las acciones en este sector estarán orientadas a garantizar, con un enfoque de género y feminista, un consumo suficiente, seguro y nutritivo de alimentos, así como a programas de nutrición dirigidos a menores, a mujeres embarazadas y madres de lactantes, fomentando el uso de cupones y/o transferencias de efectivo, cuando sea posible, teniendo como prioridad los grupos de población que estén sufriendo especialmente los efectos indirectos de la crisis económica global.
  • Protección: las acciones en este sector estarán orientadas a contribuir a aumentar la protección de las poblaciones afectadas, con especial atención a las personas en mayor situación de vulnerabilidad, y a asegurar el respeto del Derecho internacional humanitario (DIH)), los derechos humanos y el derecho internacional de las personas refugiadas y los marcos de protección de las personas desplazadas internamente, personas en movilidad y personas retornadas forzosamente, especialmente en relación al apoyo psicosocial, la creación de espacios seguros para mujeres y adolescentes, y la población infantil, la formación de cuidadores/as, el apoyo en prevención, mitigación y respuesta a victimas/supervivientes de violencia basada en género o el apoyo a personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGTBI).
  • Educación en emergencias: las acciones en este sector estarán orientadas a apoyar el acceso a la educación de calidad y sensible al género en contextos de preparación, acción anticipatoria, respuesta o recuperación temprana de las emergencias humanitarias y, en especial, a proteger a la comunidad educativa en su conjunto y garantizar la educación en situaciones de conflicto e inseguridad, así como su disrupción por desastres ambientales, a través de la creación de espacios de aprendizaje temporal, formal o informal, a distancia y otras alternativas educativas en aquellos contextos en los que no sea posible garantizar la escolarización presencial en condiciones seguras. También podrán ser acciones que fomenten la implementación de la Declaración de Escuelas Seguras y las Directrices para proteger las escuelas y universidades del uso militar durante los conflictos armados, el Marco Integral de Seguridad Escolar 2022-2030 por los Derechos de la Niñez y la Resiliencia en el Sector de la Educación y las Normas Mínimas de la Red Interagencial de Educación en Emergencias (INEE) y/o que fomenten la integración de los tres marcos de protección de la educación en los contextos humanitarios.

Asimismo, las acciones podrán contemplar otros sectores humanitarios de manera complementaria, especialmente reducción de riesgo de desastres y acción anticipatoria.

Serán financiables las acciones específicas de género en acción humanitaria, entendidas como tales aquellas que respondan a las necesidades específicas de las mujeres, niñas y adolescentes y que:

  • tengan como objetivo principal promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, con enfoque feminista y de género transformador e interseccional (mujeres con discapacidad, mujeres adultas mayores, mujeres indígenas, adolescentes, mujeres LGTBI) en la acción humanitaria.
  • realicen una identificación de necesidades basada en un correcto análisis de género, edad y diversidad y que, a partir de este análisis, se identifiquen las necesidades específicas, prácticas y estratégicas, así como las capacidades, y las situaciones de desventaja o discriminación que enfrentan las mujeres y las niñas;
  • que todos sus objetivos, resultados y actividades estén diseñados para responder a las necesidades específicas de género identificadas en cualquier sector de intervención, y a corregir las desigualdades identificadas desde este enfoque, garantizando el acceso equitativo a recursos y servicios esenciales y medios de vida, evitando reproducir desigualdades de género e incluyendo, entre otras, acciones dirigidas específicamente a la prevención, mitigación y respuesta a la violencia de género, incorporando análisis de riesgos y mecanismos de protección específicos.

También podrán ser acciones que incorporen elementos que fomenten la implementación de la Resolución 1325 – Agenda Mujeres, paz y seguridad en contextos humanitarios.

  • que incorporen indicadores de género en el sistema de seguimiento planteado;
  • que asignen un presupuesto específico y coherente;
  • que contemplen la asignación de recursos humanos especializados en género y/o violencia de género con dedicación de, al menos, el 50% del tiempo a la ejecución de la intervención propuesta;
    se promoverá la incorporación de organizaciones locales de mujeres y organizaciones feministas como socios locales o como parte de una agrupación, contemplando medidas para su fortalecimiento si fuera necesario.
  • que contemplen el resto de los requisitos generales exigidos en las acciones no específicas de género en acción humanitaria.

Para estas acciones específicas se reservará al menos el 25% del total del crédito disponible de la convocatoria, siempre y cuando las solicitudes presentadas, a criterio de la Comisión de Valoración, según los criterios establecidos en el apartado 11 de esta resolución.

Prioridades geográficas

Solamente podrán presentarse solicitudes de acciones que se ejecuten en los países contemplados en el Anexo -I-, que recoge la combinación de prioridades geográficas y sectoriales para la presente convocatoria.
Los países contemplados en el Anexo -I- son países que tienen un índice de riesgo superior a tres según el índice de riesgo global INFORM (Global Risk Index) para 2026 enmarcados en los contextos prioritarios de la Dirección de Acción Humanitaria de la AECID , países que, según la Oficina de Coordinación de Naciones Unidas para Asuntos Humanitarios (en adelante, OCHA), cuentan con Planes específicos o regionales de Necesidades y/o Respuesta Humanitaria y/o países que cuentan con Llamamientos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja. En algunos casos, se trata de países incluidos también en la lista vigente de crisis olvidadas de la DG ECHO.

Las acciones podrán desarrollarse bien en un país o bien en varios si se trata de países fronterizos que sufren una misma crisis humanitaria.

Importante: Cada entidad podrá presentar a esta convocatoria un máximo de dos solicitudes. Excepcionalmente podrán presentar tres solicitudes siempre y cuando al menos una de ellas corresponda a la línea específica de género en acción humanitaria

Información y consultas: Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida a través de las siguientes direcciones de correo electrónico:

  • incidencias.tecnicas.sede@aecid.es cuestiones técnicas derivadas de la presentación de solicitudes.
  • convocatorias.dah@aecid.es: información general de la convocatoria.
Toda la información aquí