IMPORTANTE: Las Entidades solicitantes pueden ser las Universidades Públicas cuya creación y reconocimiento se efectúe conforme al artículo 4.1.a) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Órgano gestor: Instituto de las Mujeres
Presentación solicitudes: en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad: https://igualdad.sede.gob.es
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 15 de abril de 2026 hasta el 28 de abril de 2026
Buzón de correo para resolver dudas de la convocatoria: investigaciones@inmujeres.es
Finalidad de las subvenciones
Estas subvenciones tienen como objetivo promover y fomentar la investigación, formación y divulgación del conocimiento con perspectiva de género e interseccional, en el ámbito universitario. Su finalidad es desarrollar las condiciones que posibilitan la libertad y la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo.
Requisitos de las entidades beneficiarias
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta orden, las Universidades Públicas cuya creación y reconocimiento se efectúe conforme al artículo 4.1.a) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Procedimiento de concesión
La concesión de las subvenciones previstas en esta orden se realizará en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.


